Phasellus augue diam, vestibulum non, iaculis eget, tristique sed, lectus. Sed pede. Nullam egestas ante a mauris. Aliquam metus turpis, luctus ac, sagittis eget, elementum tincidunt, massa.

Wednesday, 5 August 2009

Evo Morales could be accused by betrayal crime

IR A LA VERSION EN CASTELLANO YOU ARE READING THE ENGLISH VERSION

© by Eugen Roxas

SILALA WATERS • Evo Morales, president of the Plurinational State of Bolivia could be accused by the betrayal crime for the fact of recognizing in the International Pre-treaty that half of the waters of the Silala belong to Chile.




Silala waters. Snowy peak Uturunco in the distance. It is near Quetena town. • Photo & Art © The Achacachi PostDerechos Reservados.

(The Achacachi Post™, Quetena, Bolivia).-
The Silala eyes of water are in Bolivian side. These were channeled with masonry from the Bolivian side to take the water to the Chilean side in 1908 (FOX, Richard, Sciences of Southafrica, 1922). These water eyes do not conform an aquifer shared among the two countries, as Carlos Mesa’s Bolivian Chancellor Ignacio Siles invented, if it was this way the channels had been built in Chilean side. Neither these eyes of water conform a river because they were channeled artificially so to take water from a side to another of the frontier.

These days Bolivia and Chile signed a pre-treaty in which the owner of all the water, Bolivia, recognizes that half of the flow belongs to Chile!

According to the Bolivian constitutional law the signatories of this pre-treaty are committing the betrayal crime (Constitution, Art. 124) because this pre-treaty breaks in two the indivisible domain of water (Constitution, Art. 349), for not preserving the transborder waters, to give a natural resource as it is the water (Constitution, Art. 374) and not guaranteeing the sovereignty of Bolivia (Constitution, Arts. 377, 376).

Bolivian signatories of this pre-treaty defend themselves saying: Do we want to be paid or never? What did the previous governments make? Undoubtedly every Bolivian citizen wants to be paid. The only thing doesn't want in the pre-treaty, in “small letters”, furtively, surreptitiously, is to recognize that half of the waters belong to Chile.

If Bolivia is owner of those waters what should make now? First, Bolivia must be paid or arrange a plan for settlement of debts. If these two cases do not occur a civil action must be presented before international tribunals to be paid for the use of Bolivian waters. As the waters are in the Bolivian side, it is not necessary to discuss: Who is the owner of these waters. What else can do Bolivia? Second, it is to turn aside the waters for irrigating quinua fields that exists nears these eyes of water. Another option is to build a dam to produce electric power.

---------------------------------

International pre-treaty. That for which two States commits in future time to create, to unwrap, to modify, or finish a contract of International Law that one doesn't want to conclude or cannot be specified. As this International pre-treaty regulates in matter that affects directly to the parts interveners, it generally is written definitively in a Treaty-contract.
Registered & Copyright ® © by THE ACHACACHI POSTOnline news. All Rights Reserved. Todos los derechos reservados. Jarkt’atawa. West mariscal Santa Cruz square, Achacachi, Bolivia. South America Phone: (591) 2 2136503 Cellphone: (591) 70199221 UNITED STATES OF AMERICA GOVERNMENT
News Agency

Firmantes del Preacuerdo acerca aguas del Silala podrian cometer delito de traicion

ESTAS LEYENDO EN CASTELLANO GO TO ENGLISH VERSION

© by Eugen Roxas

AGUAS DEL SILALA • Evo Morales, presidente del Estado Plurinacional de Bolivia podría ser acusado por el delito de traición a la patria por el hecho de reconocer en el Preacuerdo Internacional que la mitad de las aguas de los bofedales del Silala pertenecen a Chile.



Aguas del Silala. El nevado Uturunco en la distancia. Se encuentra cerca de la población de Quetena.
• Photo & Art © The Achacachi PostDerechos Reservados.

(The Achacachi Post™, Quetena, Bolivia).-
Los bofedales (ojos de agua) del Silala están del lado boliviano. Estos fueron canalizados con mampostería desde el lado boliviano para llevar el agua al lado chileno en 1908 (FOX, Richard, Ciencias de Sudáfrica, 1922). Estos bofedales no conforman un acuífero compartido entre los dos países, ¡como inventó Ignacio Siles, canciller boliviano del Gobierno de Mesa! Si fuera así no había necesidad de canalizarlos artificialmente en el lado boliviano para llevarlos al lado chileno. Tampoco es un río ya que fueron canalizados artificialmente para que vaya de un lado a otro de la frontera.

Estos días Bolivia y Chile firmaron un preacuerdo por el cual ¡el dueño de toda el agua, Bolivia, le reconoce que la mitad del caudal es de Chile!

Según el ordenamiento jurídico boliviano los firmantes bolivianos del preacuerdo están cometiendo el delito de traición a la patria (CPE, Art. 124) por partir en dos el dominio indivisible del agua (CPE, Arts. 348, 349),
por no resguardar las aguas transfronterizas, por regalar un recurso natural como es el agua (CPE, Art. 374 numeral III) y al no garantizar la soberanía de Bolivia (CPE, Art. 348, 377, 376).

Los firmantes bolivianos se defienden diciendo ¿Quieren que nos paguen ahora o nunca? ¿Qué hicieron los anteriores gobiernos? Claro que el pueblo boliviano quiere que le paguen. Lo único que no quiere es que, en ese preacuerdo, en “letras pequeñas”, furtivamente, subrepticiamente, se reconozca que la mitad de las aguas pertenece a Chile.

¿Si Bolivia es dueña de esas aguas, que debe hacer ahora? Se debe iniciar una demanda ante tribunales internacionales para el cobro por el uso de aguas. Lo único en ponerse de acuerdo debe ser: ¿Cuánta agua se utilizó? ¿Desde cuando esta utilizado Chile? Y especialmente el precio: ¿Cuanto centavos de dólar norteamericano por litro?

Otra cosa que puede hacer Bolivia, es desviar las aguas para el riego de los campos de quinua en las provincias de Lipez. O construir embalses al pie de las faldas de los manantiales canalizados para producir energía eléctrica.

---------------------------------

Preacuerdo internacional. Aquel por el cual dos Estados se com prometen en tiempo futuro a crear, desenvolver, modificar o concluir un determinado contrato de Derecho Internacional que no se quiere o no se puede estipular. Como regula en materia que afecta directamente a las partes intervinientes se plasma definitivamente en un Tratado-Contrato.

Constitución política de Bolivia. Ley de 9 de febrero de 2009.

"Artículo 348. I. Son recursos naturales los minerales en todos
sus estados, los hidrocarburos, el agua, el aire, el suelo y el subsuelo, los
bosques, la biodiversidad, el espectro electromagnético y todos aquellos
elementos y fuerzas físicas susceptibles de aprovechamiento.
II. Los recursos naturales son de carácter estratégico y de
interés público para el desarrollo del país.

Artículo 124. I. Comete delito de traición a la patria la boliviana
o el boliviano que incurra en los siguientes hechos:
  1. Que tome armas contra su país, se ponga al servicio
    de estados extranjeros participantes, o entre en complicidad
    con el enemigo, en caso de guerra internacional
    contra Bolivia.

  2. Que viole el régimen constitucional de recursos naturales.

  3. Que atente contra la unidad del país.

II. Este delito merecerá la máxima sanción penal.

Artículo 349. I. Los recursos naturales son de propiedad y
dominio directo, indivisible e imprescriptible del pueblo boliviano,
y corresponderá al Estado su administración en función del interés
colectivo. [...].

Artículo 374. [...] III. Las aguas fósiles, glaciales, humedales, subterráneas, minerales,
medicinales y otras son prioritarias para el Estado,
que deberá garantizar su conservación, protección, preservación,
restauración, uso sustentable y gestión integral; son
inalienables
, inembargables e imprescriptibles.

Artículo 377. I. Todo tratado internacional que suscriba el Estado
sobre los recursos hídricos garantizará la soberanía del país
y
priorizará el interés del Estado.

II. El Estado resguardará de forma permanente las aguas fronterizas
y transfronterizas
, para la conservación de la riqueza
hídrica que contribuirá a la integración de los pueblos.
Artículo 376. Los recursos hídricos de los ríos, lagos y lagunas
que conforman las cuencas hidrográficas, por su potencia138
lidad, por la variedad de recursos naturales que contienen y por
ser parte fundamental de los ecosistemas, se consideran recursos
estratégicos para el desarrollo y la soberanía boliviana.
El Estado
evitará acciones en las nacientes y zonas intermedias de los ríos
que ocasionen daños a los ecosistemas o disminuyan los caudales,
preservará el estado natural y velará por el desarrollo y bienestar
de la población.
"

Registered & Copyright ® © by THE ACHACACHI POSTOnline news. All Rights Reserved. Todos los derechos reservados. Jarkt’atawa. West mariscal Santa Cruz square, Achacachi, Bolivia. South America Phone: (591) 2 2136503 Cellphone: (591) 70199221 UNITED STATES OF AMERICA GOVERNMENT
News Agency